Congreso del Perú presenta proyecto de ley para otorgar pensión y beca a familiares de fallecidos durante protestas sociales
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El nuevo proyecto de ley de Héctor Valer, congresista de Somos Perú, beneficiaría a los familiares de personas fallecidas a partir del año 2000.

Eduardo Mauricio Ruiz Sanz, conocido artísticamente como 'Trvko', murió la noche del 15 de octubre de 2025. El joven de 32 años participaba en una protesta contra el Gobierno de José Jerí cuando recibió un disparo mortal del suboficial de tercera Luis Magallanes.
Cinco días después, el congresista Héctor Valer Pinto presentó ante el Parlamento un proyecto de ley para otorgar pensión y beca a familiares de fallecidos en protestas sociales.
Congresista presenta proyecto de ley para otorgar pensión y beca a familiares de fallecidos en protestas
El Proyecto de Ley 12901 del congresista Héctor Valer tiene como objetivo "establecer medidas de reparación económica y educativa de carácter permanente para los deudos de las personas fallecidas en protestas sociales". La iniciativa del legislador de Somos Perú beneficiaría a los familiares de las víctimas fallecidas a partir del año 2000.
Según el documento, se otorgaría una pensión mensual vitalicia equivalente a dos remuneraciones mínimas vitales. Además, se crearía el Programa de Becas de Estudio 'Reparación y Futuro', destinado a cubrir los costos de matrícula, pensión, materiales, manutención y titulación en instituciones de educación superior, técnica o universitaria licenciadas en todo el territorio nacional.
"En las últimas dos décadas, el Perú ha registrado más de 400 fallecimientos en el contexto de conflictos sociales. Esta alarmante cifra, documentada sistemáticamente por la Defensoría del Pueblo, revela un patrón en el que la respuesta estatal frente a la movilización ciudadana ha derivado, con lamentable frecuencia, en el uso desproporcionado y letal de la fuerza", sustenta Valer.
¿Quiénes serían los beneficiados con el proyecto de Héctor Valer?
De acuerdo con el proyecto de ley de Héctor Valer, los beneficiarios serían:
- El cónyuge o conviviente supérstite, así como los hijos menores de edad o mayores con incapacidad permanente para el trabajo
- Los hijos mayores de 18 y hasta los 28 años, siempre que continúen de forma ininterrumpida estudios de nivel básico o superior
- Los padres de la víctima
- Los hermanos menores de 18 años que dependían económicamente de la víctima
Sin embargo, la condición de víctima se acreditaría mediante una resolución emitida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Dicha resolución se tendría que elaborar previo informe fundamentado de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público. Y en ese informe se debería confirmar que el fallecimiento ocurrió en una protesta social.