¿No pagaste tus impuestos en EEUU? Evita que el IRS embargue tu casa, carro y cuentas bancarias
No pagar impuestos en Estados Unidos puede resultar en embargos del IRS que afectan tus bienes.

No pagar impuestos en Estados Unidos es un problema serio, y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) tiene herramientas poderosas para cobrar las deudas pendientes. Una de las más drásticas es el embargo, un proceso que le permite al IRS tomar tus bienes legalmente para saldar lo que debes. Si ignoras las notificaciones, podrías perder una parte de tu salario, el dinero de tus cuentas bancarias o, en casos extremos, incluso tus propiedades.
Aunque la idea de un embargo puede ser aterradora, es crucial entender que el IRS no actúa sin avisar. La agencia sigue un proceso muy estricto que te da varias oportunidades para solucionar la situación. Conocer este proceso y tus opciones te empoderará para tomar medidas proactivas y evitar la incautación de tus bienes.
¿Qué puede embargar el IRS en Estados Unidos?
Un embargo es la incautación legal de tus bienes para satisfacer una deuda tributaria. El IRS no necesita una orden judicial para embargar, y puede hacerlo sobre una amplia gama de activos.
- Salarios: El IRS puede ordenar a tu empleador que retenga una parte de tu sueldo en cada período de pago hasta que la deuda esté completamente saldada.
- Cuentas bancarias: Tienen la autoridad para tomar fondos de tus cuentas de cheques o de ahorros.
- Bienes inmuebles: En casos de deudas importantes, el IRS puede incautar y vender tu casa, terrenos o propiedades de inversión.
- Vehículos: Pueden embargar y vender tu carro, camión, motocicleta u otro vehículo para cubrir el monto adeudado.
- Otros activos: Esto incluye pagos de pensiones, dividendos, comisiones y otros derechos a la propiedad que puedas tener.
Proceso antes del embargo de tus propiedades
El IRS te dará múltiples avisos antes de proceder con un embargo. Ignorar estas notificaciones es lo peor que puedes hacer, ya que son tu oportunidad de resolver el problema.
- Avisos de adeudo: El proceso comienza cuando el IRS te envía una serie de cartas (conocidas como avisos) informándote sobre tu deuda pendiente.
- Aviso de intención de embargo: Si no respondes a los avisos iniciales, el IRS enviará una notificación final, llamada "Aviso de intención de embargo y su derecho a una audiencia". Esta carta es un ultimátum que te da un plazo de 30 días para actuar.
- Audiencia de debido proceso: Tienes el derecho de solicitar una audiencia con la Oficina de Apelaciones del IRS. Esta reunión puede ayudarte a encontrar una solución para tu deuda antes de que se incauten tus bienes.
¿Cómo evitar un embargo del IRS?
La mejor defensa contra un embargo es la acción. En el momento en que recibas la primera carta del IRS, es crucial que te comuniques con ellos para explorar tus opciones de pago.
- Pagar la deuda: Si tienes los fondos, pagar la totalidad de la deuda es la forma más rápida y sencilla de detener cualquier acción de cobro.
- Acuerdo de pago a plazos: Si no puedes pagar de golpe, puedes negociar un acuerdo para pagar tu deuda en cuotas mensuales.
- Ofrecimiento en Compromiso (OIC): Esta opción te permite saldar tu deuda por una cantidad menor a la que debes, si demuestras que no tienes los medios para pagar el monto total.
- Estatus "actualmente no cobrable": Si un embargo te causaría una severa dificultad económica (como no poder cubrir tus gastos básicos), el IRS puede pausar temporalmente el proceso de cobro.
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